º FUNCIONES. Dentro del objeto general previsto en el artículo anterior, el Fondo tendrá las siguientes funciones
Servir de instrumento para el fortalecimiento patrimonial de las instituciones inscritas;
Participar transitoriamente en el capital de las instituciones inscritas;
Procurar que las instituciones inscritas tengan medios para otorgar liquidez a los activos financieros y a los bienes recibidos en pago;
Organizar y desarrollar el sistema de seguro de depósito y, como complemento de aquél, el de compra de obligaciones a cargo de las instituciones inscritas en liquidación o el de financiamiento a los ahorradores de las mismas;
Colaborar con las autoridades en la liquidación de instituciones financieras intervenidas;
Asumir temporalmente la administración de instituciones financieras, para lograr su recuperación económica. CAPITULO III. INSCRIPCION DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS