Micelio

Artículo 1

Decreto 2307 de 1953 · por el cual se reglamentan los exámenes de admisión en las cuales las Universidades del país y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Los cuestionarios para los exámenes de admisión para el ingreso a las Universidades, se harán de acuerdo con los programas de bachillerato del Ministerio de Educación Nacional. Dicho cuestionarios versarán sobre las materias siguientes: I. Para las Facultades de Derecho y Ciencias Sociales, Filosofía y Letras: Filosofía (Ética y Sociología). Historia (Universal y de Colombia). Castellano (Redacción) y Latín. Idiomas (inglés o francés). II. Para las Facultades de Medicina, Odontología, Medicina Veterinaria e Instituto del Laboratorio Clínico: Elementos de Anatomía, Fisiología y Botánica. Física. Química. Idiomas (inglés o francés). III. Para las Facultades de Ingeniería Civil, Eléctrica, Química, Minas y Petróleos: Matemáticas (Aritmética, Álgebra y Geometría). Física. Química. Idiomas (inglés o francés). IV. Para las Facultades de Arquitectura: Matemáticas (Aritmética, Álgebra y Geometría). Física. Dibujo. Idiomas (inglés y francés). V. Para las Facultades de Química y Farmacia. Elementos de Ciencias Naturales (Anatomía, Fisiología y Botánica). Matemáticas (Aritmética, Álgebra y Geometría). Física y Química. Idiomas (inglés o francés). VI. Para las Facultades de Agronomía

1.

Elementos de Ciencias Naturales (Zoología, Botánica y Fisiología).

2.

Matemáticas (Aritmética, Álgebra y Geometría).

3.

Química.

4.

Idiomas (inglés o francés). VII. Para las Facultades de Ciencias Económicas. Filosofía (Ética) Matemáticas (Aritmética, Álgebra y Geometría). Castellano (Redacción). Idiomas (inglés o francés). VIII. Para el Conservatorio de Música y Escuela de Bellas Artes: Examen especial de aptitud determinado por el Consejo de cada uno de estos Institutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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