Micelio

Artículo 1

Decreto 18710816 de 1871 · sobre visitas a los parques nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. El Secretario de Guerra i Marina i el Jeneral Comandante en Jefe de la Division visitarán cada dos meses el parque jeneral, con el objeto de verificar total o parcialmente la conformidad de los estados mensuales formados por el Guarda-parque, con los objetos existentes en el establecimiento.

Parágrafo

En los demas lugares en donde existan parques nacionales, las visitas i verificacion de que trata este artículo, se harán por la primera autoridad política, en asocio del empleado de Hacienda nacional de superior categoría que allí resida; debiendo dar cuenta, con copia de la respectiva dilijencia, a la Secretaría de Guerra i Marina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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