º . Para los fines de esta reglamentación adóptanse las siguientes definiciones: - Entidad administradora de recursos naturales no renovables . Es aquella facultada por la ley para otorgar el derecho a explorar y explotar el suelo y el subsuelo mineros de propiedad nacional. - Explotadores mineros de hecho . Son las personas que sin título minero vigente, lleven a cabo explotaciones de depósitos y yacimientos mineros.
Decreto 2636 de 1994 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2636 de 1994 · por el cual se reglamenta el artículo 58 de la Ley 141 de 1994
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.