Micelio

Artículo 6

Son Funciones Del Consejo Directivo: A) Adoptar La Política General Y Fijar Los Principios Básicos Para La Revisión De Tarifas Y De Precios; B) Decidir Sobre Las Apelaciones De Que Trata El Artículo 17 De Este Decreto; C) Aprobar El Presupuesto De La Superintendencia; D) Someter Al Gobierno Proyectos De Leyes O Decretos Que Se Relacionen Con Los Negocios De Que Conoce La Superintendencia; E) Crear Los Cargos, Fijar Sus Funciones Y Señalar Las Asignaciones Del Personal, De Acuerdo Con Las Normas Establecidas Por El Departamento Administrativo Del Servicio Civil

Decreto 1653 de 1960 · Por el cual se crea la Superintendencia de Regulación Económica y se fijan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Consejo Directivo

a)

Adoptar la política general y fijar los principios básicos para la revisión de tarifas y de precios;

b)

Decidir sobre las apelaciones de que trata el artículo 17 de este Decreto;

c)

Aprobar el presupuesto de la Superintendencia;

d)

Someter al Gobierno proyectos de leyes o decretos que se relacionen con los negocios de que conoce la Superintendencia;

e)

Crear los cargos, fijar sus funciones y señalar las asignaciones del personal, de acuerdo con las normas establecidas por el Departamento Administrativo del Servicio Civil. Las asignaciones de los miembros del Consejo Directivo y la del Director Ejecutivo, serán fijadas por el Gobierno;

f)

Aprobar o improbar los contratos que suscriba el Director Ejecutivo;

g)

Aprobar o modificar el reglamento interno de la Superintendencia;

h)

Dictar su propio reglamento.

Parágrafo

El Director Ejecutivo asistirá a las reuniones del Consejo Directivo, con voz pero sin voto. IV. Del Director Ejecutivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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