Micelio

Artículo 2

Con Tales Fines El Ministro De Obras Públicas Podrá Invertir En La Recuperación De Que Se Trata, Hasta La Cantidad De Cuarenta Mil Pesos ($ 40

Decreto 1862 de 1953 · Por el cual se confiere una autorización

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Con tales fines el Ministro de Obras Públicas podrá invertir en la recuperación de que se trata, hasta la cantidad de cuarenta mil pesos ($ 40.000.00) moneda legal, y hasta setenta y cinco mil dólares (US$ 75.000.00) más, con cargo al Capítulo 120, artículo 1850 del Presupuesto vigente, Ministerio de Obras Públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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