Micelio

Artículo 2

O La Remuneración Mensual Del Director Nacional De Instrucción Criminal Será De Trescientos Veintiséis Mil Doscientos Treinta Y Dos Pesos ($326

Decreto 919 de 1992 · por el cual se fija la escala de remuneración de la Dirección Nacional de Instrucción Criminal y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o La remuneración mensual del Director Nacional de Instrucción Criminal será de trescientos veintiséis mil doscientos treinta y dos pesos ($326.232) moneda corriente, por concepto de asignación básica y de quinientos setenta y nueve mil novecientos sesenta y ocho pesos ($579.968) moneda corriente, por concepto de gastos de representación. La remuneración mensual de los Subdirectores Nacionales será de doscientos noventa y tres mil seiscientos nueve pesos ($293.609) moneda corriente, por concepto de asignación básica y de quinientos veintiún mil novecientos setenta y un pesos ($521.971) moneda corriente, por concepto de gastos de representación. La remuneración mensual de los Directores Seccionales será de doscientos sesenta mil novecientos ochenta y seis pesos ($260.986) moneda corriente, por concepto de asignación básica y de cuatrocientos sesenta y tres mil novecientos setenta y cuatro pesos ($463.974) moneda corriente, por concepto de gastos de representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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