° Fíjanse los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de Rentas y Recursos del Tesoro de la Nación para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1949, en la cantidad de trescientos ochenta y tres millones cuatrocientos setenta y seis mil novecientos treinta y tres pesos con treinta centavos ($ 383.476.933.30) moneda corriente, conforme al siguiente pormenor: CAPÍTULO 1° Bienes Nacionales. Numeral
Minas de Supía y Marmato $ 1.00 Numeral
Minas de Muzo y Coscuez 1.00 Numeral
Pesca de perlas y otras 1.00 Numeral
Salinas Terrestres (Concesión Banco de la República) 5.000.000.00 Numeral
Salinas Marítimas (Concesión Banco de la República) 1.000.000.00 Numeral
Participación de la Nación en explotación de bosques y productos forestales, multas y estampilla forestal 500.000.00 Numeral
Producto de bienes nacionales 250.000.00 CAPITULO 2° Servicias Nacionales. Numeral
Producto de la venta de cualquier clase de material y elementos del Ministerio de Obras Públicas $ 70.000.00 Numeral
Correos, incluida la estampilla de la Cruz Roja 2.100.000.00 Numeral
Telégrafos 3.100.000.00 Numeral
Muelles, faros, boyas, sanidad de puertos 400.000.00 Numeral
Muelles fluviales 600.000.00 Numeral
Productos del Puerto Terminal de Barranquilla 6.500.000.00 Numeral
Productos del Puerto Terminal de Cartagena 3.000.000.00 Numeral
Servicio de transbordadores en los puertos fluviales 500.000.00 Numeral
Ferrocarriles Nacionales, inciso d), cláusula 5ª del contrato aprobado por Decreto número 1458 de 1940 1.00 Numeral
Ferrocarriles Nacionales, inciso d), cláusula 5ª del contrato aprobado por Decreto número 1458 de 1940 (saldo adeudado de vigencias anteriores) 1.00 CAPITULO 3° Impuestos directos e indirectos. Numeral
Impuesto sobre la renta $ 72.000.000.00 Numeral
Impuesto, sobre el patrimonio 24.100.000.00 Numeral
Impuesto sobre exceso de utilidades 9.800.000.00 Numeral
Recargo del 35% sobre los impuestos de renta, patrimonio y exceso de utilidades, liquidados sobre las tarifas de la Ley 35 de 1944 31.500.000.00 Numeral
Recargo del 20% en el monto de lo que las personas naturales y jurídicas deben pagar por concepto del exceso de utilidades, artículo 13 del Decreto legislativo número 1361 de 1942 2.000.000.00 Numeral
Impuesto sobre masa global hereditaria, asignaciones y donaciones 9.500.000.00 Numeral
Aumento del 20% sobre el valor de cada liquidación del impuesto de asignaciones y donaciones, según el artículo 18, inciso b), de la Ley 45 de 1942 1.200.000.00. Numeral
Impuesto sobre defensa nacional (cuota de compensación militar) 1.500.000.00 Numeral
Impuesto sobre minas 140.000.00 Numeral
Impuesto sobre aduanas y recargos 60.000.000.00 Numeral
Impuesto sobre tonelaje 3.000.000.00 Numeral
Impuesto sobre exportación de banano 230.000.00 Numeral
Impuesto sobre exportaciones otras 120.000.00 Numeral
Impuesto sobre consumo de gasolina 15.800.000.00 Numeral
Impuesto sobre consumo de llantas 200.000.00 Numeral
Impuesto sobre consumo de fósforos y naipes 3.200.000.00 Numeral
Impuesto de papel sellado y timbre nacional 17.500.000.00 Numeral
Impuesto sobre venta de oro físico 1.300.000.00 Numeral
Impuesto sobre patentes y registro de marcas 45.000.00 Numeral
Impuesto sobre encendedores automáticos 25.000.00 Numeral
Aumento del impuesto sobre premios de loterías 1.500.000.00 Numeral
Impuesto a las grandes rentas, incluidos los dividendos, y sobre impuesto de residencia en el Exterior y soltería 11.000.000.00 Numeral
Impuesto adicional de timbre a las operaciones de cambio, según Decreto extraordinario número 4139 de 1948 $ 25.000.000.00 CAPITULO 4° Participaciones e ingresos varios. Numeral
Participación nacional en la explotación de petróleos (Tropical Oil Company) $ 5.097.468.35 Numeral
Participación nacional en la explotación de petróleos (Colombian Petroleum Company) 3.413.291.04 Numeral
Participación nacional en la explotación de petróleos (Compañía "El Cóndor", Yondó) 1.613.291.04 Numeral
Participación nacional en la explotación de petróleos (Compañía de Petróleos del Valle del Magdalena) 435.949.37 Numeral
Participación nacional en transportes por oleoductos 200.000.00 Numeral
Participación nacional en estación abastos 18.000.00 Numeral
Participación nacional en la explotación de minas 283.000.00 Numeral
Cánones superficiarios de petróleos 400.000.00 Numeral
Remate de mercancías decomisadas 200.000.00 Numeral
Aporte de varios Municipios para la Policía Nacional 14.000.00 Numeral
Aporte de otras entidades para la Contraloría General de la República (Decretos 487 y 1608 de 1946) 800.000.00 Numeral
Aporte de otras entidades para la Policía Fiscal de Aduanas 12.000.00 Numeral
Aporte de la Cuenta Especial de Cambios 4.000.000.00 Numeral
Utilidades e ingresos del Fondo Rotatorio de Estupefacientes, artículo 10, Decreto 1032 de 1943 42.000.00 Numeral
Utilidades en la acuñación de moneda fraccionaria 100.000.00 Numeral
Licencias de importación abandonadas 50.000.00 Numeral
Reintegro de parte de los gastos causados al Gobierno Nacional por el estado de beligerancia con Alemania. Ley 39 de 1915 2.500.000.00 Numeral
Intereses a favor del Gobierno Nacional, según contrato de 2 de julio de 1947, celebrado con el Banco de la República (Concesión Salinas) 750.000.00 Numeral
Participación de las rentas ordinarias en la renta de cables y radios 600.000.00. Numeral
Otros ingresos, rentas no especificadas 1.000.000.00 Numeral
Cancelación de Reservas en el Balance de la Nación 4.000.000.00 Numeral
Mayores productos de las Rentas de Destinación Especial sobre los cálculos incluidos en el Presupuesto 2.492.528.50 Subtotal $ 342.581.533.30 CAPITULO 5º Rentas de Destinación Especial. Numeral
Impuesto sobre aparatos telefónicos 380.000.00 Numeral
Impuesto sobre loterías y billetes de rifas 4.200.000.00 Numeral
Impuesto sobre espectáculos públicos y tiquetes de apuesta 1.700.000.00 Numeral
Impuesto sobre primas de seguro 750.000.00 Numeral
Impuesto sobre consumo de grasas y lubricantes 1.100.000.00 Numeral 68. 10% sobre giros al Exterior residentes 1.408.000.00 Numeral 69. Utilidades en el Banco de la República 650.000.00 Numeral 70. Impuesto sobre exportación de café 1.250.000.00 Numeral 71. Producto del Laboratorio Nacional "Samper & Martínez" 390.000.00 Numeral 72. Sobretasa postal y telegráfica 1.000.000.00 Numeral 73. Producto del arrendamiento de apartados postales y de las multas que por cualquier concepto imponga el Ministerio de Correos y Telégrafos. Ley 28 de 1943 50.000.00 Numeral 74. Impuesto de valorización por desecaciones e irrigaciones 50.000.00 Numeral 75. Impuesto del 2% sobre premios de loterías, y contribución de nominada "Fondo de Ciegos" 400.000.00 Numeral 76. Impuesto sobre giros al Exterior, según Decretos 2078 de 1940, 1498 de 1942 y 568 de 1940, para la formación del Fondo Ferroviario Nacional. Ley 20 de 1945 $ 12.500.000.00 Numeral 77. Producto de los nuevos ingresos creados a favor del Fondo Nacional de turismo (Ley 70 de 1946) 100.000.00 Numeral 78. Producto de la venta de facturas consulares 1.100.000.00 Numeral 79. Cables y radios (parle destinada al sostenimiento de la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones) 2.500.000.00 Numeral 80. Servicios telefónicos nacionales, productos de teléfonos en conexión con empresas particulares y participación de las mismas empresas 180.000.00 Numeral 81. Productos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones 1.800.000.00 Numeral 82. Recargo del 10% sobre el impuesto predial, sobre el de registro y anotación y contribución de los Municipios para el Catastro Nacional (estampilla de sobretasa predial) 1.600.000.00 Numeral 83. Impuesto del medio por ciento de la renta líquida de toda persona natural o jurídica, sociedad colectiva, en comandita simple y de responsabilidad limitada, en cuanto dicha renta exceda de $ 10.00.0 anuales según el artículo 25 de la Ley 85 de 1946, con destino al servicio de los Bonos de Crédito Territorial 2.200.000.00 Numeral 84. Impuesto sobre cada kilo de piel de ganado vacuno que se exporte, que Ingrese a las tenerías o a las empresas de curtidos; con capital mayor de $ 5.000, e Impuesto sobre exportación de ganado 420.000.00 Numeral 85. Consignaciones por responsabilidades postales 30.000.00 Numeral 86. Impuesto sobre endoso, o cesión de acciones, de compañías anónimas 500.000.00 Numeral 87. Producto de la venta de material de guerra, y demás elementos del Ministerio del ramo 20.000.00 Numeral 88. Servicio de pasajes en naves aéreas nacionales 25.000.00 Numeral 89. Servicio de aterrizaje, alojamiento y otros, de naves aéreas en los aeródromos oficiales 550.000.00 Numeral 90. Impuesto sobre cada kilo de fibra de algodón que se consuma por las empresas cuyo capital exceda de $ 20.000 750.000.00 Numeral 91. Contribución de los Bancos y demás entidades sujetas al control de la Superintendencia Bancaria (Ley 57 de 1931) para el sostenimiento de la misma 900.000.00 Numeral 92. Contribución de los establecimientos, sujetos al control de la Revisoría Fiscal de Instituciones Oficiales de Crédito Decreto 1402 de 1940 125.000.00 Numeral 93. Contribución de las sociedades anónimas para el sostenimiento de la Superintendencia del ramo (Ley 58 de 1931) 650.000.00 Numeral 94. Producto de gasolina etílica destinado al sostenimiento y conservación de aeródromos oficiales 750.000.00 Numeral 95. Contrato de la Policía Nacional con el Departamento Norte de Santander 140.561.40 Numeral 96. Contrato de la Policía Nacional con el Consejo Administrativo; de los Ferrocarriles Nacionales 391.827.00 Numeral 97. Contrato de la Policía Nacional con el Banco de la República (servicio de salinas) 130.899.00 Numeral 98. Contrato de la Policía Nacional con la Texas Petroleum Company 37.097.20 Numeral 99. Contrato de la Policía Nacional con la Compañía de Cementos Portland Diamante 12.706.60 Numeral 100. Contrato de la Policía Nacional con la Compañía de Petróleos del Vallen de Magdalena 7.493.00 Numeral 101. Contrato de la Policía Nacional con la Compañía Minera Choco-Pacifico 18.073.40 Numeral 102. Contrato de la Policía Nacional, con la Compañía Shell de Colombia $ 121.625.60 Numeral 103. Contrato de la Policía Nacional con las Compañías Unidas de Petróleos 10.116.80 Total del Presupuesto de Rentas y Recursos Fiscales $ 383.476.933.30 PARTE SEGUNDA Presupuesto de Gastos.