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Artículo 38

Son Funciones De La Sección De Registro Y Vigilancia De Personal: A) Asistir Al Sub-Jefe Administrativo En La Elaboración De Reglamentos De Trabajo Y Demás Reglamentos De Personal Y, Una Vez Aprobados, Darles La Debida Publicidad

Decreto 1717 de 1960 · Por el cual se organiza el Departamento Administrativo de Seguridad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Registro y Vigilancia de Personal

a)

Asistir al Sub-Jefe Administrativo en la elaboración de reglamentos de trabajo y demás reglamentos de personal y, una vez aprobados, darles la debida publicidad.

b)

Controlar el cumplimiento de los reglamentos de personal en las Seccionales y Sub Seccionales, por intermedio de la Asistencia de Coordinación Operativa.

c)

Mantener al día los registros de personal tales como tarjetas individuales y el archivo de hojas de vida.

d)

Expedir constancias de los antecedentes del personal y demás certificados del caso, de acuerdo con la respectiva reglamentación.

e)

Controlar la puntualidad y las ausencias del personal; tabular periódicamente, de acuerdo con el reglamento, las tarjetas de control e informar al Jefe de la División de Personal las novedades acaecidas.

f)

Asistir al Jefe de la División de Personal en la planeación de las estadísticas de personal, en coordinación con el Departamento nacional de Estadística.

g)

Controlar y registrar las licencias y permisos concedidos de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Administrativo.

h)

Informar al Jefe de la División de Personal y a la Pagaduría sobre las novedades del personal tales como nombramientos, ascensos, traslados, insubsistencias, vacaciones, licencias y retardos.

i)

Avisar, con la anticipación necesaria, a los Jefes respectivos y a los funcionarios, las fechas en que deben hacer uso de vacaciones.

j)

Elaborar los proyectos de resoluciones en todo lo relacionado con novedades de personal, tales como vacaciones, licencias y promociones. CAPITULO XIV. De la División de Presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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