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Artículo 3

Los Ingenieros Adjuntos Del Consejo Nacional De Vías De Comunicación Tendrán Derecho A La Suma De Cinco Pesos ($ 5) Diarios Como Viáticos Cuando Salgan De Bogotá En Ejercicio De Sus Funciones

Decreto 2190 de 1930 · Por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento en el Consejo Nacional de Vías de Comunicación

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Ingenieros Adjuntos del Consejo Nacional de Vías de Comunicación tendrán derecho a la suma de cinco pesos ($ 5) diarios como viáticos cuando salgan de Bogotá en ejercicio de sus funciones. Tales viáticos se pagarán con fondos de la obra que vayan a visitar. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2190 de 1930