El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente los artículos 3°, 4°, 6°, 8°, 13, 15, 16, 26, 28, 35, 39, 43, 44 y 45 del Decreto 2266 de 2004, deroga el artículo 13 del Decreto 337 de 1998 y las disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 3553 de 2004 →Vigente
Artículo 16
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Modifica En Lo Pertinente Los Artículos 3°, 4°, 6°, 8°, 13, 15, 16, 26, 28, 35, 39, 43, 44 Y 45 Del Decreto 2266 De 2004, Deroga El Artículo 13 Del Decreto 337 De 1998 Y Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 3553 de 2004 · por el cual se modifica el Decreto 2266 de 2004 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.