Artículo primero. Con cargo al saldo de un millón dos-cientos ochenta y cinco mil doscientos setenta y un dólares con sesenta y tres centavos de dólar (US$ 1.285.271.63) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, no contratado en desarrolla del Decreto número 1526 del 26 de julio de 1978 y su aclaratorio número 1524 Bis del 11 de junio de 1981 los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Obras Públicas y Transporte podrán gestionar la contratación de empréstitos externos a nombre del Gobierno Nacional por un valor total de L.E. 539.043, destinados a la adquisición de catorce (14) puentes metálicos de emergencia, en . las siguientes condiciones
La suma de L.E. 152.600 amortizada en treinta y seis (36) cuotas semestrales, la primera pagadera en noviembre de 1988, sin interés y con gastos propios de esta clase de operaciones, y
La suma de L.E. 386.443 amortizada en diecisiete (17) cuotas semestrales, la primera pagadera en julio de 1984, con un interés de siete punto setenta y cinco por tienta (7.75%) anual sobre saldos deudores y comisión bancaria de cero punto cuarenta y cuatro por ciento (0.44%) sobre el valor del crédito pagadera por una vez.