Micelio

Artículo 9

La Comisión Nacional De Crédito Agropecuario Tendrá Una Secretaría Técnica Ejercida Por Finagro A Través De Dos Asesores De Libre Nombramiento Y Remoción Del Presidente De La República

Decreto 1313 de 1990 · por el cual se organiza la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, creada por la Ley 16 de 1990, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Comisión Nacional de Crédito Agropecuario tendrá una Secretaría Técnica ejercida por Finagro a través de dos asesores de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República. Los emolumentos de los asesores se pagarán con cargo al presupuesto de Finagro. Así Mismo, la comisión tendrá un Secretario de Actas.

Parágrafo transitorio

Mientras se constituye Finagro la remuneración de los asesores que ejercerán la Secretaría Técnica, designados por el Presidente de la República, podrá ser sufragada con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura o de cualquiera de sus entidades adscritas o vinculadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1313 de 1990