Micelio

Artículo 4

Decreto 259 de 1885 · Por el cual se modifican los marcados con los números 204 y 231 del presente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° La misma Secretaría procederá á entrar en arreglos ron los interesados, á fin de que el derecho de degüello se pague á razón de tantos centavos por arroba de carne, y no de tantos pesos por cabeza de ganado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 259 de 1885