Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE FOMENTO CAPITULO 70 Departamento Tercero - Servicios Públicos y Transportes Del artículo 775. Para viáticos y gastos de transporte del personal de este Departamento cuando viaje en comisiones oficiales en el año $ 7.000.00 Suman los contracreditos $ 7.000.00 CAPITULO 70 Departamento Tercero - Servicios Públicos y Transportes. Al artículo 777/1. Para sueldos del personal de la Comisión Revisora, encargada de elaborar y presentar a la consideración del Gobierno Nacional el proyecto sobre estatuto nacional de transporte, y para el pago de honorarios a los miembros permanentes de la Comisión creada por el Decreto número 2045 de 1953 $ 5.500.00 Al artículo 777/2. Para adquisición de equipo mecánico de oficina, útiles de escritorio y demás gastos similares que demande la Comisión Remisora encargada de elaborar el proyecto sobre estatuto nacional del transporte 1.500.00 Suman los créditos $ 7.000.00
Decreto 2366 de 1953 →Vigente
Artículo 775
Para Viáticos Y Gastos De Transporte Del Personal De Este Departamento Cuando Viaje En Comisiones Oficiales En El Año $ 7
Decreto 2366 de 1953 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el presupuesto de gastos vigente (Ministerio de Fomento)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.