Curso para Ascenso a Teniente Coronel de los Oficiales de los Servicios. Para ascender al grado de Teniente Coronel los Oficiales de los Servicios deberán aprobar un curso de Información Policial con una duración mínima de dieciséis (16) semanas, programado por la Dirección Docente y aprobado por la Dirección General de la Policía Nacional.
Decreto 400 de 1992 →Vigente
Artículo 25
Curso Para Ascenso A Teniente Coronel De Los Oficiales De Los Servicios
Decreto 400 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1212 de 1990, Estatuto del Personal de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.