Micelio

Artículo 1

Ley 14 de 1880 · Que honra la memoria de Francisco J. de Caldas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Los Estados Unidos de Colombia reconocen i ofrecen a la gratitud de los contemporáneos i de la posteridad la memoria veneranda de Francisco José de Caldas, en el lugar prominente a que tiene derecho, como uno de los eximios varones, mártir i fundador de la Independencia i Libertad de la Patria.

La República rinde homenaje a sus esclarecidos talentos, le reconoce el título de sabio que le ha discernido ya la ciencia i honra los señalados servicios que prestó a la Patria, hasta sellar con su sangre en el patíbulo la causa nacional en que se afilió desde el principio de la gran lucha.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 14 de 1880