Son funciones de la Sección Legal de Desarrollo Comunitario las siguientes
Asesorar jurídicamente al Director General de Integración y Desarrollo de la Comunidad y a sus dependencias en el ejercicio de sus funciones;
Estudiar las solicitudes sobre otorgamiento, suspensión y cancelación de personerías jurídicas, así como la aprobación, revisión y control de las actuaciones de las organizaciones de competencia de la Dirección y preparar los actos administrativos correspondientes;
Vigilar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias a cargo de las instancias seccionales del sector público de Gobierno y Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, sobre los organismos de primero y segundo grado;
Elaborar conceptos jurídicos, minutas, contratos y convenios sobre los asuntos a cargo de la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad;
Diseñar el material de formación jurídica en materia de organización de la comunidad, democracia participativa y dictar los cursos correspondientes;
Absolver las consultas que le sean formuladas por las asociaciones cívicas y por los funcionarios que trabajen con este sector;
Elaborar los proyectos de ley, decretos o resoluciones indispensables en los procesos organizativos de la comunidad para facilitar la participación ciudadana en la vida y organización social y política de la Nación o los que le solicite el Director;
Coordinar las acciones de inspección, vigilancia y control de las asociaciones cívicas que estén tuteladas por el Ministerio de Gobierno, excepto las indígenas y las de propiedad intelectual y prensa;
Asesorar jurídicamente a las entidades territoriales; j). Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del área. Promotorías para el Desarrollo Comunitario.