° El Abogado Jefe de la oficina que por no reunir las calidades dichas desempeñare interinamente el cargo, devengará un sueldo mensual de seis mil quinientos pesos ($ 6.500.00); los Abogados Asesores que por no reunir las calidades mencionadas desempeñaren interinamente sus cargos, devengarán una asignación mensual de cinco mil doscientos pesos ($ 5.200).
Decreto 1190 de 1969 →Vigente
Artículo 3
El Abogado Jefe De La Oficina Que Por No Reunir Las Calidades Dichas Desempeñare Interinamente El Cargo, Devengará Un Sueldo Mensual De Seis Mil Quinientos Pesos ($ 6
Decreto 1190 de 1969 · Por el cual se crean cargos y se fijan el número y las asignaciones de los funcionarios y empleados de la Oficina Jurídica de la Procuraduría General de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.