Micelio

Artículo 89

Causales De Nulidad

Ley 1476 de 2011 · Por la cual se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Constituyen causales de nulidad las siguientes:

1.

La falta de competencia del funcionario para fallar.

2.

La violación del derecho de defensa.

3.

La comprobada existencia de irregularidades sustanciales que afecten el debido proceso.

4.

La violación al principio de jerarquía.

Parágrafo

La nulidad será declarada por el fallador competente y no procederá por causales distintas de las previstas en este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1476 de 2011