Micelio

Artículo 5

Para Efectos De La Exigencia Prevista En El Literal D) Del Artículo 10 De La Ley 09 De 1983, Cuando Se Trate De Sociedades De Economía Mixta Será Suficiente Que La Sociedad Esté Inscrita En El Registro Nacional De Valores

Decreto 1661 de 1983 · Por el cual se reglamentan los artículos 7° a 12 de la Ley 09 de 1983, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para efectos de la exigencia prevista en el literal d) del artículo 10 de la Ley 09 de 1983, cuando se trate de sociedades de economía mixta será suficiente que la sociedad esté inscrita en el Registro Nacional de Valores. Se entiende por sociedad de economía mixta, la sociedad comercial que se constituye con aportes estatales y de capital privado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1661 de 1983