Micelio

Artículo 6

Nivel Especialista

Decreto 1865 de 1992 · por el cual se regula el Sistema de Nomenclatura, Clasificación y Remuneración de los empleos de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Nivel especialista. Agrupa aquellos empleos cuyas funciones y naturaleza demandan la aplicación de conocimientos profesionales especializados en materia aduanera, comercio exterior, jurídica, contable, económica y en todas aquellas ciencias necesarias para garantizar la eficacia de la gestión de la Administración Aduanera, así como aquellos empleos cuyas funciones y naturaleza demandan la aplicación de conocimientos altamente especializados en materia de Hacienda Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1865 de 1992