Decreto 2697 de 1952 · Por el cual se crean unos Organismos de Salubridad y se determina unos cargos para medicina rural
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo segundo. A partir de la fecha antes fijada créase el cargo de Médico del Puesto de Salud de Carupa, con asignación mensual de $ 300, quien debe atender el Hospital que funciona en dicho Municipio.
Parágrafo
El Médico para el Puesto de Salud creado por el presente artículo, además de tener a su cargo la Dirección del hospital, prestará los servicios de medicina rural señalados para los Organismos de Salubridad.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.