Obras documentales y de animación . Los cortometrajes y largometrajes nacionales de carácter documental y las obras cinematográficas de animación no requieren acreditar la presencia de actores colombianos para los efectos de los artículos 8° y 10 del Decreto 358 de 2000. La acreditación se hará mediante las otras alternativas fijadas. En el caso de las obras de animación las voces de personajes que sean actores nacionales podrán acreditar la presencia del número de actores requeridos en las mencionadas normas, si fuere el caso.
Decreto 763 de 2009 →Vigente
Artículo 72
Obras Documentales Y De Animación
Decreto 763 de 2009 · por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 814 de 2003 y 397 de 1997 modificada por medio de la Ley 1185 de 2008, en lo correspondiente al Patrimonio Cultural de la Nación de naturaleza material.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.