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Artículo 58

Corresponde A La Subdirección De Planeación De La Dirección Del Tesoro Nacional El Ejercicio De Las Siguientes Funciones: A

Decreto 2112 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto Colombiano Geográfico "Agustín Codazzi".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la Subdirección de Planeación de la Dirección del Tesoro Nacional el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Participar con la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los asesores del Consejo Superior de Política Fiscal -CONFIS-, la Unidad de Inversiones Públicas del Departamento Nacional de Planeación y demás dependencias pertinentes, en la elaboración del plan financiero y el programa anual mensualizado de caja del Gobierno Nacional;

b)

Coordinar con las respectivas dependencias y unidades adscritas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y con los demás organismos y entidades oficiales los aspectos relacionados con la programación financiera y el desarrollo del programa anual mensualizado de caja;

c)

Coordinar con la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y Dirección General del Presupuesto Nacional, la formulación de los calendarios tributarios para la cabal ejecución del programa anual mensualizado de caja;

d)

Coordinar con la Subdirección Operativa de la Dirección del Tesoro Nacional la ejecución de la programación diaria de caja;

e)

Coordinar el plan estratégico y definición de los indicadores de gestión para la Dirección General del Tesoro Nacional en general, y detallando para cada una de sus dependencias;

f)

Dirigir a las personas y a los procesos bajo su mando, usando datos suplidos por los métodos estadísticos, mejorando continuamente los procesos y usando el ciclo planificar, hacer, verificar y actuar;

g)

Orientar el manejo eficiente de los recursos del Tesoro Nacional;

h)

Realizar estudios sobre el riesgo financiero del portafolio que maneja el Tesoro Nacional;

i)

Realizar estudios de seguimiento sobre las operaciones realizadas por la Tesorería respecto al comportamiento del mercado;

j)

Elaborar todos los estudios que el Tesorero Nacional recomiende, con el ánimo de fortalecer las diferentes áreas, aspectos administrativos, financieros y técnicos;

k)

Elaborar estudios de exposición a riesgos, teniendo en cuenta las actuaciones del Tesoro Nacional y formular las recomendaciones pertinentes;

l)

Coordinar y orientar estudios especiales de mercados financieros, entre ellos mercados a plazo y mercados de futuros; ll. Recomendar las alternativas de inversión sobre mercados nacionales e internacionales;

m)

Realizar estudios periódicos sobre las entidades del sector público financiero en las cuales la Tesorería puede realizar inversiones con el menor riesgo posible;

n)

Elaborar el manual de políticas y normas bajo las cuales se debe regir el Tesoro Nacional para realizar cualquier tipo de operación financiera; ñ. Coordinar el manejo, utilización y elaboración de informes que sirvan de base para el análisis del Tesoro Nacional;

o)

Realizar estudios sobre mercados bursátiles bajo los cuales puede la Tesorería hacer operaciones;

p)

Velar por el cumplimiento de los indicadores de gestión determinados mediante la planificación estratégica, que permitan medir el cumplimiento de los objetivos de la dependencia y evaluar el desempeño de los funcionarios a su cargo;

q)

Coordinar con la Oficina de Sistemas y la Auditoría Interna los estudios relacionados con la sistematización y control; y coordinar con la Oficina de Planeación del Ministerio los métodos y procedimientos administrativos que mejoren la eficiencia, la efectividad y la eficacia de las actividades de su dependencia y demás entorno de la Dirección;

r)

Asistir en representación del Tesorero Nacional a las actividades, previamente delegadas por él;

s)

Las demás que le sean asignadas por el Tesorero Nacional según la naturaleza de sus funciones. 5.3.1. De la División de Análisis y Evaluación

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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