Estas secciones tienen por objeto proporcionar los informes necesarios a los Departamentos de Personal para proponer a las autoridades facultadas para ello las promociones y traslados a que dieren lugar las calificaciones. Se anotará, por tanto, además de los conceptos sobre capacidad profesional en su especialidad y ascenso, aquellos otros del calificador o del revisor que permitan conocer la habilidad demostrada por el personal, no sólo en el cargo asignado, sino en actividades diferentes a su especialidad, así como cualidades o defectos no considerados dentro de los aspectos de la calificación, que sean de valor para el servicio.
Decreto 1833 de 1979 →Vigente
Artículo 132
Estas Secciones Tienen Por Objeto Proporcionar Los Informes Necesarios A Los Departamentos De Personal Para Proponer A Las Autoridades Facultadas Para Ello Las Promociones Y Traslados A Que Dieren Lugar Las Calificaciones
Decreto 1833 de 1979 · Por el cual se dictan normas sobre calificación y clasificación para el personal de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.