Funciones de la asamblea general. Además de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 2166 de 2021, corresponde a la Asamblea: a) Autorizar al presidente de la Junta de Vivienda Comunal para
Comprometer a la junta en obligaciones crediticias.
Adquirir el terreno para el programa de vivienda.
Escriturar viviendas a las familias afiliadas.
Solicitar permiso para venta de viviendas a terceros;
Tramitar los permisos y licencias de construcción. b) Autorizar la Junta Directiva de la Junta de Vivienda Comunal para: 1. Determinar los aportes y cuotas en dinero a cargo de las familias afiliadas; 2. Determinar las jornadas de trabajo; 3. Aprobar los planos del proyecto global y de las viviendas; y 4. Establecer los requisitos y procedimientos para adjudicación de viviendas.