º. Transición. Para los proyectos, obras o actividades a que hace referencia los artículos primero y segundo del presente decreto y que conforme a las normas vigentes antes de su expedición obtuvieron licencia ambiental o empezaron su trámite, podrán continuar con el allí previsto o solicitar su modificación para acogerse al presente.
Decreto 788 de 1999 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 788 de 1999 · por el cual se modifica parcialmente el artículo 23 del Decreto Reglamentario 1753 de 1994
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.