Destinación de aportes de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) en situaciones de reversión de infraestructura por terminación anticipada . Cuando por la terminación anticipada del contrato de concesión, se efectúe la reversión de infraestructura, se podrán destinar parcial o totalmente los aportes previstos para la Agencia Nacional de Infraestructura que habrían de ser transferidos a los concesionarios en las vigencias anuales sucesivas respetando la anualidad correspondiente, así como los ingresos provenientes de los peajes previstos en el modelo financiero como ingresos de los concesionarios, para dar continuidad a las obras, garantizar la transitabilidad, funcionalidad y seguridad de la infraestructura de transporte revertida, así como para atender necesidades del sector transporte.
Para ello, el Ministerio de Transporte y sus entidades adscritas y vinculadas podrán reprogramar vigencias futuras autorizadas en los diferentes proyectos de inversión en la vigencia en la cual ocurra la reversión.