Artículo sexto. La partida de cuarenta mil pesos ($ 40,000), fijada en el presupuesto del Departamento Nacional de Higiene para 1937, en el artículo 518, Capítulo 78, se destinará a la construcción de las obras de ingeniería sanitaria más urgentes, suministrándola mensualmente por duodécimas partes. Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 375 de 1937 →Vigente
Artículo 518
, Capítulo 78, Se Destinará A La Construcción De Las Obras De Ingeniería Sanitaria Más Urgentes, Suministrándola Mensualmente Por Duodécimas Partes
Decreto 375 de 1937 · Por el cual se aprueba una Resolución del Departamento Nacional de Higiene
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.