Revelación de información. Las sociedades administradoras deben obrar de manera transparente, asegurando el suministro de información de manera veraz, imparcial, oportuna, completa, exacta, pertinente y útil. Toda información deberá ser presentada de forma sencilla y comprensible para los partícipes y el público en general. Las estipulaciones que impliquen limitaciones a los derechos de los partícipes deberán ser presentadas de forma resaltada y en letra fácilmente entendible. Las sociedades administradoras deben abstenerse de dar información ficticia, incompleta o inexacta sobre la situación de los Fondos bajo su administración, o sobre sí mismas.
Decreto 2555 de 2010 →Vigente
Artículo 2.42.1.4.5
Revelación De Información
Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.