Micelio

Artículo 15

Ley 16 de 1936 · por la cual se dictan varias disposiciones sobre bancos, ahorros, crédito hipotecario y bolsas de valores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase a las Sociedades Seccionales de Crédito Agrario para establecer Secciones Hipotecarias con capital independiente, que se constituirá en forma análoga a la establecida para el capital destinado a préstamos, con garantía de prenda agraria. Los préstamos hipotecarios de amortización gradual que efectúen las Secciones Hipotecarias de las Sociedades Seccionales de Crédito, serán sobre fincas rurales y por valor no mayor de tres mil pesos ($ 3,000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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