Micelio

Artículo 1

Decreto 181 de 1958 · Que autoriza un empréstito para la terminación de unas carreteras

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Autorízase al Gobierno Nacional para contratar con la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, un empréstito hasta por la suma de un millón de pesos ($ 1.000.000.00), por el término hasta de dos años, e interés a la rata del 5% anual, con destino en la cuantía de $ 600.000.00 para la terminación de la carretera Chaparral - Limón - Río Blanco en el Departamento del Tolima, y en cuantía de.$ 400.000.00 para la continuación de la carretera Algeciras-San Vicente, en el Departamento del Huila.

Parágrafo

El Ministro de Obras Públicas, con la aprobación del Ministro de Hacienda, podrá suscribir a nombre del Gobierno Nacional el empréstito autorizado por este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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