Micelio

Artículo 2

Los Productos Comprendidos En La Posición 39

Decreto 1616 de 1966 · Por el cual se introducen unas modificaciones al Arancel de Aduanas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los productos comprendidos en la posición 39.02 A-II-b, del Arancel de Aduanas adeudarán i gravamen adicional del 25% hasta el 31 de diciembre 1966; del 15% del 1° de enero al 31 de diciembre de 19; y del 5% del 1º de enero al 31 de diciembre de 1968.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1616 de 1966