Micelio

Artículo 8

º

Decreto 217 de 1995 · por medio del cual se aceptan unas renuncias, se suprimen, se crean unos cargos y se hacen unos nombramientos en el servicio exterior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los Agregados Comerciales de conformidad con el Decreto 2505 de 1991, realizarán las siguientes funciones

a)

Dar o conseguir información comercial para promoción de las exportaciones: ofrecer a los exportadores servicios de información comercial y de apoyo en el mercado de sus productos; y organizar ferias y misiones comerciales;

b)

Hacer las gestiones y diligencias ante las autoridades del país respectivo que sean necesarias para la promoción de las exportaciones colombianas;

c)

Apoyar a las Embajadas colombianas con información para todo lo relativo a la gestión o cumplimiento de tratados comerciales;

d)

Informar a las Embajadas colombianas periódicamente acerca de sus actividades de promoción, y

e)

Realizar actos y contratos por cuenta del Fideicomiso para promover las exportaciones colombianas dentro de los términos en los cuales la Junta Asesora los autorice. Tales contratos se sujetarán al régimen aplicable en ese país a los contratos de particulares, si tal régimen lo permite.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 217 de 1995