Convocatoria. La convocatoria pública, previa a la elección de los magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial por el Congreso de la República en pleno, se hará por conducto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y deberá cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley 1904 de 2018, en lo que corresponda. La convocatoria pública entendida como el aviso público para invitar a todos los ciudadanos interesados en participar en la convocatoria para la conformación de la(s) terna(s) de los aspirantes a ocupar el cargo de magistrado de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, corresponde efectuarla al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en un término no inferior a dos (2) meses previos al vencimiento del periodo personal de ocho años del magistrado a reemplazar. En la misma se designará la institución de educación superior, pública o privada encargada de adelantar la convocatoria y deberá contener como mínimo la siguiente información
Los factores que habrán de evaluarse.
Los criterios de ponderación que aseguren el acceso en igualdad de oportunidades a los aspirantes.
Fecha de fijación, lugar, fecha y hora de inscripción y término para la misma.
Fecha de publicación de lista de admitidos y no admitidos.
Fecha, hora y lugar de las pruebas de conocimiento.
Trámite de reclamaciones y recursos procedentes.
Fecha de la publicación de la(s) terna(s).
Los demás aspectos que se estimen pertinentes, que tengan relación con el proceso de conformación de la(s) terna(s) y aseguren la eficacia de la misma.