Micelio

Artículo 5

Decreto 2050 de 1999 · por el cual se promulga el "Convenio de Cooperación Económica y Científico-Técnica entre la República de Colombia y la República de Cuba", suscrito en La Habana el 30 de septiembre de 1980

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Comisión Mixta Intergubernamental acordará posteriormente las condiciones administrativas, financieras y técnicas, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes en ambos países, incluyendo lo relativo a los consultores, especialistas y técnicos de ambos países. Estas condiciones formarán parte integrante del presente Convenio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2050 de 1999