Micelio

Artículo 36

Son Funciones De La División De Instrucción Y Capacitación Laboral: A) Dirigir, Coordinar, Controlar Y Evaluar Las Labores De La Dependencia A Su Cargo: B) Programar La Capacitación De Los Trabajadores En Materia De Derecho Laboral, De Seguridad Social, De Cooperativismo Y En Disciplinas Referentes A La Problemática Social Y Económica Del País; C) Fomentar La Sindicalización De Los Trabajadores Mediante La Realización De Cursos De Capacitación Y Perfeccionamiento; D) Coordinar Con Los Diferentes Organismos Públicos Y Privados, Nacionales E Internacionales, La Consecución De Los Elementos Necesarios Para La Correcta Ejecución De Los Programas Adoptados; E) Adelantar, En Coordinación Con La División De Personal, Programas De Adiestramiento Y Capacitación Para El Personal Al Servicio Del Ministerio: J F) Organizar El Material Instructivo Recibido De Las Demás Unidades Del Ministerio, E Incorporarlo Dentro De Los Planes Y Programas De Capacitación; G) Evaluar Los Resultados Obtenidos En Las Cursos Y Efectuar | Los Ajustes Que Se Estimen Convenientes, Y H) Asesorar Al Director General En El Estudio Y Solución De Los Problemas Propios De La División

Decreto 62 de 1976 · Por el cual se modifica la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Instrucción y Capacitación Laboral

a)

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores de la dependencia a su cargo:

b)

Programar la capacitación de los trabajadores en materia de Derecho Laboral, de Seguridad Social, de Cooperativismo y en disciplinas referentes a la problemática social y económica del país;

c)

Fomentar la sindicalización de los trabajadores mediante la realización de cursos de capacitación y perfeccionamiento;

d)

Coordinar con los diferentes organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, la consecución de los elementos necesarios para la correcta ejecución de los programas adoptados;

e)

Adelantar, en coordinación con la División de Personal, programas de adiestramiento y capacitación para el personal al servicio del Ministerio: j

f)

Organizar el material instructivo recibido de las demás unidades del Ministerio, e incorporarlo dentro de los planes y programas de capacitación;

g)

Evaluar los resultados obtenidos en las cursos y efectuar | los ajustes que se estimen convenientes, y

h)

Asesorar al Director General en el estudio y solución de los problemas propios de la División.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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