Micelio

Artículo 2

Decreto 222 de 1999 · por el cual se crea el cargo de Director Ejecutivo del Fondo para la Reconstrucción del Eje Cafetero y se fija su salario y régimen prestacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Director Ejecutivo del Fondo para la Reconstrucción de la Región del Eje Cafetero, creado mediante el Decreto legislativo 197 de 1999, tendrá un salario y un régimen prestacional iguales a los que por todo concepto percibe el Subdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Parágrafo

De conformidad con lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 1º del Decreto 197 de 1999, corresponde al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, pagar los salarios y prestaciones del Director Ejecutivo para la Reconstrucción de la Región del Eje Cafetero, con cargo a los recursos del Fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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