Cuando cualquier contribuyente sujeto al impuesto establecido por el Decreto legislativo número 2429 omitiere hacer la declaración de que trata el artículo 3º de este Decreto, antes del 31 de marzo próximo. el Administrador de Hacienda Nacional respectivo estimara el capital gravable de dicho contribuyente, mediante las informaciones que pueda obtener de fuentes fidedignas, y especialmente teniendo como base las declaraciones hechas para el impuesto sobre la renta, los catastros de la propiedad raíz y los censos para el cobro de impuestos sobre el capital, donde hubiere.
Decreto 186 de 1935 →Vigente
Artículo 13
Cuando Cualquier Contribuyente Sujeto Al Impuesto Establecido Por El Decreto Legislativo Número 2429 Omitiere Hacer La Declaración De Que Trata El Artículo 3º De Este Decreto, Antes Del 31 De Marzo Próximo
Decreto 186 de 1935 · POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL DECRETO LEGISLATIVO NÚMERO 2429 DE 1934
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.