Micelio

Artículo 1

Decreto 438 de 1956 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre seguros de vida e incapacidad total y permanente para los deudores de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo Primero. Desde la fecha de este Decreto créase, como obligatorio, el seguro colectivo de vida e incapacidad total y permanente para todos los deudores de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 438 de 1956