ARTICULO 24 . Planta global . Con el fin de atender las necesidades del servicio de acuerdo con las variaciones y ciclos de las actividades que se realizan en la Superintendencia de Cambio, la Secretaria General y las Superintendencias Delegadas tendrán una planta global flexible de personal. El Superintendente distribuirá la planta de personal y ubicará los funcionarios de acuerdo a la estructura orgánica.
La planta de personal que apruebe el Gobierno Nacional en desarrollo del presente decreto, se constituirá en el valor límite para adquirir compromisos por los conceptos de servicios personales que ésta involucra.