Micelio

Artículo 28

Por Decreto Separado, El Gobierno Señalará Las Obras Con Destino A Las Cuales El Fondo De Fomento Municipal Puede Hacer Operaciones Para La Ciudad De Bogotá, Dentro Del Cupo Especial Del 1 Por 100, Previsto En El Presente Decreto

Decreto 503 de 1940 · Por el cual se crea el Fondo de Fomento Municipal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por Decreto separado, el Gobierno señalará las obras con destino a las cuales el Fondo de Fomento Municipal puede hacer operaciones para la ciudad de Bogotá, dentro del cupo especial del 1 por 100, previsto en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 503 de 1940