° Este Decreto rige a partir del primero (l°) de febrero de mil novecientos cincuenta y cuatro 1954). Comuníquese y cúmplase
Decreto 274 de 1954 →Vigente
Artículo 7
Este Decreto Rige A Partir Del Primero (L°) De Febrero De Mil Novecientos Cincuenta Y Cuatro 1954)
Decreto 274 de 1954 · Por el cual se modifica el Decreto número 1389 bis, de 1952, y se hace un nombramiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.