Micelio

Artículo 3

Decreto 2806 de 2000 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre el manejo de recursos públicos y la aplicabilidad del Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF-

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Descripción: El SIIF reflejará la siguiente información

a)

En forma desagregada la totalidad de transacciones con efectos económico-financieros que se deriven de la gestión de los órganos conectados en línea con el SIIF, por lo cual la información se reflejará en tiempo real y concomitante con la operación realizada;

b)

En forma agregada la gestión financiera de los órganos que operan fuera de línea;

c)

De manera actualizada, integral y simultánea las instancias presupuestales y contables;

d)

En forma secuencial los registros para facilitar el seguimiento y control de las operaciones;

e)

Los clasificadores presupuestales y contables utilizados para registrar la gestión en el sistema con una estructura escalonada por niveles.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2806 de 2000