Micelio

Artículo 285

Las Sociedades De Que Trata El Numeral 2° Del Artículo 280 Formularán Su Solicitud De Exención, Con Los Siguientes Documentos: 1°) Copias De Las Actas De Estado Civil O, En Su Defecto, Las Pruebas Supletorias Que Acrediten El Parentesco Exigido; 2°) Una Relación, Certificada Por El Gerente Y El Revisor Fiscal, De Los Accionistas, Con Indicación Del Número De Acciones Que Cada Uno Posea, Y 3°) Certificado De Las Bolsas De Valores Del País, En Que Conste Que No Están Inscritas Ni Se Negocian Por Su Conducto Las Acciones De La Compañía

Decreto 2521 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sociedades de que trata el numeral 2° del artículo 280 formularán su solicitud de exención, con los siguientes documentos: 1°) Copias de las actas de estado civil o, en su defecto, las pruebas supletorias que acrediten el parentesco exigido; 2°) Una relación, certificada por el gerente y el revisor fiscal, de los accionistas, con indicación del número de acciones que cada uno posea, y 3°) Certificado de las bolsas de valores del país, en que conste que no están inscritas ni se negocian por su conducto las acciones de la compañía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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