Presidente y representación legal. La sociedad tendrá un presidente elegido por la Junta directiva. El presidente ejercerá las funciones de representante legal con sujeción a la ley, a los reglamentos y resoluciones de la asamblea, de la junta directiva y con las limitaciones y atribuciones previstas en estos estatutos. El presidente tendrá dos suplentes quienes lo reemplazarán en sus funciones temporales o definitivas. La junta directiva determinará y nombrará dentro de los funcionarios de la entidad, el primero y el segundo suplente del presidente.
Decreto 2190 de 1996 →Vigente
Artículo 45
Presidente Y Representación Legal
Decreto 2190 de 1996 · por medio del cual se aprueba el Acta número 8 del 10 de septiembre de 1996, de la asamblea general de accionistas de IFI Leasing S.A., que adopta la reforma de estatutos de dicha entidad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.