Artículo quinto. Corresponde a la Sección de Estudios Especiales
Resolver las consultas de carácter jurídico ó concernientes a la Política Internacional de Colombia que le sometan el Ministro, el Secretario General o cualquiera de los Subsecretarios
Ordenar y mantener al día un archivo que contenga los documentos más importantes destinados a la elaboración de las instrucciones a los Agentes Diplomáticos de Colombia o a los Delegados a las Conferencias Internacionales.
Conceptuar sobre toda reclamación de los Gobiernos extranjeros al Gobierno o entidades colombianas o de aquél y éstas a Gobiernos extranjeros.
Conceptuar sobre los exhortos o diligencias judiciales que deben cumplirse en los Tribunales extranjeros.
Estudiar los proyectos de tratados, convenios, acuerdos o declaraciones internacionales, a los cuales adhiera Colombia, y sugerir las reservas o modificaciones a que haya lugar, consultando en cada caso al respectivo Subsecretario o Jefe de Sección.
Conceptuar sobre la denuncia de los tratados, convenios acuerdos o declaraciones a que se refiere el inciso anterior.
Recopilar y mantener al día la Serie de Tratados de Colombia.