Micelio

Artículo 268

Si Con Posterioridad A La Fecha De La Separación O El Retiro De Algún Miembro De La Institución, Llegaren A Conocimiento De La Dirección General, Acusaciones Por Hechos Cometidos Durante El Servicio, Además Del Procedimiento Legal En Caso De Delito, De Comprobarse, Se Llevarán A La Hoja De Vida Correspondiente Haciendo Constar La Clase, Contenido Y Gravedad De Éstos

Decreto 1835 de 1979 · Por el cual se subroga el reglamento de régimen disciplinario para la Policía Nacional aprobado y adoptado por el Decreto 2857 de 1966

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si con posterioridad a la fecha de la separación o el retiro de algún miembro de la institución, llegaren a conocimiento de la Dirección General, acusaciones por hechos cometidos durante el servicio, además del procedimiento legal en caso de delito, de comprobarse, se llevarán a la hoja de vida correspondiente haciendo constar la clase, contenido y gravedad de éstos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1835 de 1979