Recursos del Fondo Cuenta. El Fondo Cuenta podrá contar con las siguientes fuentes de recursos.
Los recursos que le transfiera la entidad concesionaria o administradora de los inmuebles, originados en la contraprestación por la concesión o administración de los inmuebles.
Los recursos de empréstitos.
Las donaciones que reciba.
Los rendimientos financieros generados por la inversión de los anteriores recursos.
Los recursos que reciba el Fontur provenientes de la contribución parafiscal del turismo que sean asignados al Fondo Cuenta.
Los recursos que administre el Fondo Cuenta serán destinados exclusivamente al pago del pasivo laboral y pensional de la sociedad titular de los pasivos de que trata el artículo 15 de la Ley 1753 de 2015.
Los recursos de Fontur que se destinen al Fondo Cuenta serán limitados y transitorios, y se restringirán al objeto del presente capítulo. Cumplida la meta de fondeo de los pasivos pensionales y laborales, los recursos que hayan sido asignados por el Fontur para dicho propósito le serán devueltos en las condiciones que se establezcan en el contrato de fiducia mercantil, conservando su naturaleza de contribución parafiscal de turismo.
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